Aportación de documentación a una escala

¿PARA QUÉ SIRVE?

A través del formulario web disponible en la sede electrónica, los consignatarios podrán aportar, directamente al expediente, toda la documentación requerida para la gestión de la escala (manifiestos, sobordos, solicitudes de bonificación de tasas, etc.) y en especial para la liquidación de la tasa del buque y de la tasa de la mercancía. En particular, en relación con la liquidación de la tasa de la mercancía, deberán aportar por este medio las declaraciones responsables correspondientes a la declaración de una determinada mercancía en régimen de tránsito marítimo a los efectos de lo previsto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado.

Previamente deberá haber solicitado la autorización de entrada del buque en el puerto de Gijón a través del DUE.